¿Qué significa para la Orden ser «Organismo central de la Iglesia»?

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Bandiere Fuori


Con la aprobación del nuevo Estatuto de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén, que clarifica el principio de que nuestra Institución es un «Organismo central de la Iglesia», es necesario explicar mejor este aspecto. En un artículo específico, S. E. Mons. Tommaso Caputo, Asesor de la Orden, que ha contribuido a la redacción de los Estatutos, explica bien su significado.

Me gustaría resumir aquí sencillamente los aspectos relativos a lo que es un Organismo central de la Iglesia.

El primer elemento fundamental que crea un Organismo es el consentimiento de la Autoridad que establece la propia Institución, que por esta razón asume una «personalidad» jurídica.

El segundo elemento se encuentra en los objetivos fijados por la propia Autoridad constituyente y asumidos por ella. Esto significa que el Organismo es reconocido de utilidad pública, por lo que se reconoce su entidad «pública».

El tercer elemento reside en el hecho de que este organismo es apto para realizar actos y transacciones para alcanzar los objetivos que le han fijado.

Por eso la Institución debe tener una sede para ser identificada, un Estatuto y un Reglamento que determinen su vida.

Si traducimos todo esto en términos adaptados a nuestra Institución, podemos decir que nuestra Orden es un Organismo central de la Iglesia en la medida en que está establecido por la Autoridad Suprema de la Iglesia, el Papa, que lo reconoce como una entidad pública, con la intención de responder de manera permanente y adecuada a las necesidades de la Iglesia en Tierra Santa y en colaboración con el Patriarcado latino de Jerusalén, para el apoyo de la vida pastoral, litúrgica, educativa y social en la Tierra de Jesús; por lo tanto, para lograr estos objetivos, la Orden es apta para llevar a cabo los actos materiales necesarios y lograr estos objetivos. Su sede central se encuentra en Roma, y está dotada de elementos jurídicos que rigen su vida.

La Sede apostólica ha asociado intrínsecamente como condición específica a nuestra Institución particular, la formación cristiana de sus miembros, ya que la Orden toma su nombre e inspiración de aquella tumba que atestiguó la presencia de Jesús que murió y vivió la resurrección.

Por lo tanto, no es una entidad cualquiera, sino una Institución enraizada en el misterio de la Redención que está destinada a la salvación de los pueblos de todos los tiempos y lugares. La Iglesia, por lo tanto, desea que esta Tierra no sea simplemente un sitio arqueológico sagrado, sino que esté viva a través de la presencia de comunidades cristianas, tanto residentes como peregrinas, que realmente le den vida; en esto nos honra no solo participar, sino también contribuir a la misión de Cristo que la Iglesia y el Santo Padre nos han confiado. Aquí se encuentra el origen de esta «noble institución», en el vestuario de las Damas y Caballeros del Santo Sepulcro de Jerusalén.

 

Fernando Cardenal Filoni


(Enero 2021)

«Aquí en el Vaticano estáis, de alguna manera, en casa»

«Aquí en el Vaticano estáis, de alguna manera, en casa, ya que constituís una antigua institución pontificia colocada bajo la protección de la Santa Sede»[1]. Estas afectuosas palabras, que el papa Francisco dirigió a los Miembros de la Consulta de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén el 16 de noviembre de 2018, subrayan su identidad y su misión.

La Orden es, por su propia naturaleza, un instrumento para las actividades propias de la Santa Sede para el mantenimiento de la Iglesia latina en Tierra Santa. Esta peculiaridad que siempre ha estado presente en nuestra «antigua institución pontificia»[2] está ahora especificada en los Estatutos aprobados por el papa Francisco el 11 de mayo de 2020, con la mención específica de «Organismo Central de la Iglesia»[3] , destacando la contribución constitutiva de la Orden al servicio de la Santa Sede en el gobierno de la Iglesia universal.

Efectivamente, desde tiempos inmemoriales, «la Orden participa directamente en la solicitud de la Santa Sede por los Lugares Santos y se interesa por las instituciones católicas que trabajan allí como expresiones del Cuerpo de Cristo presente en la realidad más viva: familias, niños, jóvenes en las escuelas, peregrinos, obras de caridad y lugares de culto. Es fácil comprender, pues, la razón por la que el Santo Padre ha querido hacer explícito que la Orden es un Organismo Central de la Iglesia Católica, que tiene una entidad jurídica pública en el Orden canónico y es una entidad jurídica del Vaticano»[4] Es necesario, pues, subrayar con razón el carácter eclesial y pastoral de esta explicitación estatutaria, por los fines de la Orden.

San Juan Pablo II en la Constitución apostólica Pastor Bonus recuerda que «la actividad de todos los que trabajan en la Curia Romana y demás Organismos de la Santa Sede es un verdadero servicio eclesial, marcado por su carácter pastoral, en la medida en que participa en la misión universal del Romano Pontífice»[5].

De hecho, San Pablo VI ya había afirmado: «En efecto, ¿cómo podría el Sumo Pontífice, ya tan ocupado, llevar a cabo solo, sin la ayuda de otros [...] las tareas relacionadas con la solicitud de todas las Iglesias [...] en el ejercicio de la suprema potestad que "según la institución de Cristo mismo... le corresponde en la Iglesia universal?"»[6].

En este contexto, se puede comprender aún más y mejor el carácter de la misión de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén en la Iglesia y el mundo. Para aclarar este punto, podemos citar una vez más el Discurso del Santo Padre Francisco a los miembros de la Consulta el 16 de noviembre de 2018: «Desde la última Consulta de 2013, la Orden ha crecido en el número de sus miembros, en la expansión geográfica con la creación de nuevas articulaciones periféricas, en la asistencia material que ha ofrecido a la Iglesia en Tierra Santa y en el número de peregrinaciones de vuestros miembros. Agradezco vuestro apoyo a los programas de utilidad pastoral y cultural […] Por lo que concierne a vuestra misión en el mundo, no olvidéis que no sois un ente filantrópico comprometido con la promoción de la mejora material y social de los destinatarios. Estáis llamados a poner en el centro y como objetivo final de vuestras obras el amor evangélico al prójimo, para testimoniar en todas partes la bondad y el cuidado con que Dios ama a todos. La admisión en vuestra Orden de obispos, sacerdotes y diáconos […] es parte de sus tareas de servicio pastoral asistir a aquellos que entre vosotros tienen un rol de responsabilidad brindando ocasiones de oración comunitaria y litúrgica en todos los niveles, oportunidades espirituales continuas y catequesis para la formación permanente y el crecimiento de todos los miembros de la Orden»[7].

La presencia de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén en todos los continentes resalta su dimensión internacional y católica. Gracias a la contribución espiritual, moral y caritativa de cada Caballero y Dama, esta antigua institución pontificia se compromete a satisfacer las expectativas de la Iglesia católica hacia Tierra Santa, en plena adhesión al mandato que el papa Francisco le confirmó recientemente con la reciente aprobación de los Estatutos[8].

 

+ Tommaso Caputo
Asesor

 

 

[1]Papa Francisco, del Discurso a los Miembros de la Consulta de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén, 16 de noviembre de 2018.

[2]Ibid

[3] Art. 2§ 1. La Orden es una persona jurídica de derecho canónico,[...] y una persona jurídica vaticana, en virtud de su actividad, la Orden funciona como un ente central de la Iglesia Católica […]. La categoría de los Entes centrales de la Iglesia es el fruto de los Pactos de Letrán, designa no solo los Organismos que componen la Santa Sede en sentido amplio, o Curia Romana (c. 360-361 C.I.C.), sino también un conjunto de otros Entes que contribuyen, a nivel constitucional o instrumental, al servicio de la Santa Sede en el gobierno de la Iglesia Universal. La Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén, por su parte, interviene de manera instrumental en las actividades propias de la Santa Sede, contribuyendo a las funciones de gobierno de la Iglesia universal en el mantenimiento de la Iglesia latina en Tierra Santa. La Orden es (en el sentido de que siempre ha sido) el ente central de la Iglesia. Por lo tanto, no es algo nuevo, sino la explicitación de un estado preexistente.

[4] Cardenal Fernando Filoni, Preámbulo de los Estatutos aprobados por el papa Francisco el 11 de mayo de 2020.

[5] Constitución apostólica Pastor Bonus, promulgada por Juan Pablo II el 28 de junio de 1988, n. 33.

[6] Introdcción de la Constitución apostólica Regimini Ecclesiae Universae del 15 de agosto de 1967.

[7] Papa Francisco, del Discurso a los Miembros de la Consulta, el 16 de noviembre de 2018.

[8] Cf. Cardenal Fernando Filoni, Preámbulo de los Estatutos aprobados por el papa Francisco el 11 de mayo de 2020.